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¿Tu transporte está obligado al DeCA?

Comprueba en pocos pasos si tu transporte está sujeto al Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA). Responde a estas preguntas y te mostraremos el resultado según las características de tu transporte.

Esta herramienta es orientativa y se basa en la Orden FOM/2861/2012 (texto consolidado a 28/03/2026), el art. 222 del RD 1211/1990, la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible y la Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784). No sustituye al asesoramiento jurídico ni a la consulta de la norma. No guardamos ninguna respuesta: el cálculo se hace en tu navegador.

¿Qué comprueba esta herramienta?

El comprobador te ayuda a identificar si el transporte que realizas está sujeto al Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA) según las características que indiques.

¿Desde cuándo es obligatorio el DeCA?

El Documento Electrónico de Control Administrativo será exigible en formato electrónico a partir del 5 de octubre de 2026 para los transportes sujetos a esta obligación.

¿Quién es responsable del DeCA?

Cargador contractual y transportista efectivo son responsables de que exista el documento. Ambos pueden acordar quién se encarga de generarlo.